Preámbulo

El pasado 11 de enero del presente año, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación un Decreto que reforma la Ley Federal de Trabajo (LFT), el cual confiere la reglamentación pertinente a todo lo concerniente a la nueva modalidad de laborar en México y que recibe el nombre de “Teletrabajo”.

Profundizando en el concepto, el teletrabajo o trabajo a distancia, permite a un empleado laborar en un lugar diferente a la oficina, utilizando las nuevas tecnologías de información y comunicación. Acorde a una realidad endémica y siendo personas dependientes o autónomas, muchas de las funciones o tareas que se desempeñaban en una oficina, no requieren realmente una presencia física, ya que pueden ser desarrolladas a distancia utilizando distintas herramientas de informática.

Prerrogativas y detrimentos de la nueva modalidad para el empleado

Analizando los pros y contras derivados de la nueva modalidad, se podría mencionar lo siguiente:

 

  1. a) Pros

– Autonomía para organizar el tiempo que le va conferir al trabajo

– Ahorro de tiempo en el desplazamiento a su oficina

– Combinar el espacio familiar con las labores cotidianas

 

  1. b) Contras

– Horarios laborables extendidos

– Posible conflicto con su vida familiar

– Contactos unilaterales con altos mandos

 

Prerrogativas y detrimentos de la nueva modalidad para el patrón

Analizando los pros y contras derivados de la nueva modalidad, se podría mencionar lo siguiente:

 

  1. a) Pros

Disminución de problemas entre los empleados

– Mayor productividad del colaborador

– Menor de costo por expansión geográfica

 

  1. b) Contras

– Identificación del trabajador con la entidad

– Menor socialización del empleado

– Posibles compensaciones monetarias excesivas

 

Obligaciones de los patrones que ofrezcan teletrabajo

Proporcionar los equipos necesarios para el teletrabajo (computadoras, sillas ergonómicas, impresoras, etc.)

Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo (internet y electricidad)

– Respetar el derecho de la desconexión de los empleados en la modalidad de teletrabajo

 

Asumiendo que lo redactado ya debe ser de aplicación estricta, los presuntos implicados deberán acatar sin reparo alguno lo mencionado por la LFT, lo cual traerá repercusiones a corto plazo, sin embargo, y en medio de un escenario catastrófico como la pandemia actual, sabemos que esta nueva modalidad llego para quedarse.

 

L.C.P. Humberto Pérez

Socio líder del área de auditoria

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