Hace algunos años el Servicio de Administración Tributaria (SAT) público en su portal un decálogo de lo que considera prácticas indebidas en la emisión de un comprobante fiscal, esto con la finalidad de proteger el derecho que tienen los contribuyentes a deducir y acreditar impuestos. Los puntos señalados por la Autoridad son los siguientes:
- Requerir datos adicionales al RFC, nombre, denominación o razón social, régimen fiscal y código postal del receptor
- Obligar a proporcionar un correo electrónico
- Incrementar el precio del bien o servicio cuando se solicita la factura
- Obligar al receptor a generar la factura en un portal sugerido
- Negar el comprobante objetando que no se solicitó en el momento de la operación
- Registrar una forma de pago distinta a la recibida o registrarla sin que esté sufragada
- Solicitar obligatoriamente se indique el uso que se le dará a la factura
- Dificultar la emisión de la factura cuando el desembolso se realice en efectivo
- No emitir el comprobante cuando se reciben pagos por anticipos
- No emitir factura alguna
Una vez que se han identificado los supuestos que se consideran prácticas indebidas para la emisión de un comprobante fiscal, el afectado puede levantar un reporte ante la Autoridad, donde deberá tener a la mano la siguiente información:
- RFC
- Denominación o razón social
- Domicilio
- Forma de pago
- Importe
- Descripción de los hechos
Una vez que se ha levantado en el portal de la Autoridad la inconformidad por parte del afectado, este mismo podrá solicitar la emisión de un comprobante fiscal en la siguiente dirección electrónica https://www.sat.gob.mx/aplicacion/87088/solicitudes-por-la-no-emision-de-facturas.
Por lo que se puede apreciar, la Autoridad busca perpetuar la simetría fiscal entre los contribuyentes, lo cual es una forma de garantizar la determinación correcta de los impuestos entre las personas que se encuentran dadas de alta en el sistema hacendario.
L.C.P. Luis Gutiérrez
Socio líder del área de consultoría fiscal
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