Los avances tecnológicos que se han estado suscitando en los últimos tiempos, aunado al confinamiento que hemos experimentado los mexicanos desde el año pasado, ha dado paso a que los ciudadanos busquemos una manera de incrementar nuestro patrimonio, sacando provecho a las distintas aplicaciones que contienen cada uno de nuestros aparatos electrónicos.

Siguiendo la tónica del párrafo anterior, a las autoridades fiscales no les ha pasado desapercibido el hecho de que los mexicanos hayan encontrado en las aplicaciones electrónicas una fuente de riqueza alterna, por lo tanto, han decidido legislar al respecto, para tener participación en cada peso que se genera a través de las plataformas digitales.

Cabe señalar que las autoridades fiscales estiman que cuando se tenga un mecanismo plenamente establecido, los ingresos tributarios por esta actividad podrían oscilar en cien mil millones de pesos, por lo tanto, se volvía imperante comenzar a formalizar dicho régimen.

Tomando en consideración las cifras avaladas por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), el sector aludido anteriormente ha tenido un desarrollo interesante y acelerado en el último lustro, por lo tanto, se tenía que demarcar un nuevo marco fiscal, en el cual se cobraran contribuciones a los siguientes rubros:

1.- Acceso a contenidos multimedia

2.- Intermediación entre terceros oferentes de bienes o servicios y los demandantes de los mismos

3.- Clubes en línea y aplicaciones de citas

4.- Enseñanza a distancia

Derivado de lo mencionado en estos rubros, dentro de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) se creó la sección III denominada “De los ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares”

Para finalizar el tema, la introducción en las leyes fiscales de este nuevo régimen, ayudaran a incrementar la recaudación de las autoridades fiscales, sin embargo, cabe señalar que todavía estas actividades se encuentran en un periodo incipiente de adaptación, tanto para el contribuyente como la autoridad hacendaria, pero sin duda el nicho digital llego para quedarse de manera perpetua.

 

L.C.P. Javier Servín

Socio líder del área de contabilidad

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