La participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa es un derecho plenamente reconocido por nuestra carta magna y sustentado sin reparo por nuestra legislación laboral; en la actualidad los patrones deben compartir el diez por ciento de sus ganancias entre sus colaboradores.

 

El pasado 23 de abril del presente año, se publicó una reforma en el ámbito de la subcontratación, donde se incluyó un nuevo criterio para la determinación de la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU). El criterio mantiene el mismo porcentaje de las ganancias a distribuir, sin embargo, la cantidad que se le entregará al colaborador por concepto de utilidades no podrá exceder de los tres meses de sueldo o bien, tendrá una equivalencia al promedio del reparto de utilidades de los últimos tres años, es decir, lo que le convenga más al trabajador.

Ahondando en el sector empresarial, el Consejo de Cámaras Industriales de Jalisco (CCIJ) señala que el cambio realizado a la PTU implica costos más altos para este tipo de empresas, los cuales también podrían permear a otros sectores productivos del Estado. La iniciativa baja el peso de la prestación a empresas grandes y lo aumenta para las más pequeñas y vulnerables. Actualmente se pagan en promedio 22 días por concepto de utilidades, sin embargo, con el cambio se espera que se paguen 57 días en promedio.

 

Finalmente, la reforma presentada y avalada por nuestro Poder Legislativo, podría no cumplir plenamente con sus objetivos, los cuales a primera instancia son beneficiar a los trabajadores y estimular la creación de empleos formales, respectivamente.

 

L.C.P. Humberto Pérez

Socio líder del área de auditoria

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